Transcurrido el plazo de treinta días hábiles, establecido para la presentación de reclamaciones contra el acuerdo provisional de aprobación de la Ordenanza Municipal reguladora de las Autorizaciones y Subvenciones a Festejos Tradicionales y Populares, cuyo acuerdo unánime fue tomado por el Pleno de este Ayuntamiento de Peñarrubia, en fecha 28 de junio pasado, y cuyos edictos de exposición pública, fueron publicados tanto en el tablón de edictos municipal, como en el Boletín Oficial de Cantabria número 130 de 6 de julio pasado, sin que en dicho plazo se hayan formulado reclamaciones o reparos contra dicho acuerdo provisional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el acuerdo provisional pasa a ser definitivo.
Contra este acuerdo que agota la vía administrativa, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo máximo de dos meses, en las condiciones señaladas en la ley.