Transcurrido el plazo de treinta días establecido para formular reclamaciones contra el acuerdo provisional de creación de la Ordenanza Municipal reguladora de la Celebración de Festejos y Eventos Similares, en el término municipal de Peñarrubia, tomado de forma unánime por el Pleno del Ayuntamiento en fecha 28 de septiembre de 2019, y de cuyo acuerdo fue expuesto en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Peñarrubia, sito en Linares, así como la web ayto-penarrubia.org y el Boletín Oficial de Cantabria número 197, de fecha 11 de octubre de 2019, y no habiéndose presentado reclamaciones contra dicho acuerdo provisional, pasa a ser definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.d) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el artículo 49 de dicho texto legal.
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado competente de Santander, en el plazo máximo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Cantabria, en las condiciones señaladas en la Ley.
Peñarrubia, 25 de noviembre de 2019.
El alcalde,
Secundino Caso Roiz.