Transcurrido el plazo de quince días hábiles establecido para la presentación de reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del presupuesto de esta entidad para 2018, tomado unánimemente por el pleno, en sesión ordinaria celebrada el pasado 21 de diciembre de 2017, cuyos anuncios fueron publicados en el tablón de edictos de esta entidad, así como en el Boletín
Oficial de Cantabria extraordinario, número 51 del pasado 30 de diciembre de 2017, y no habiéndose presentado reclamaciones contra dicho acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba la Ley reguladora de las Haciendas Locales, queda el presupuesto aprobado definitivamente, procediéndose a la publicación resumida por capítulos.
Contra esta aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo según lo dispuesto en el artículo 171.1 del citado Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, en el plazo de dos meses contados a partir de esta publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.